lunes, 5 de marzo de 2018

LA NUEVA NORMATIVA ESPAÑOLA DE DRONES. EL REAL DECRETO 1036/2017

EL REAL DECRETO 1036/2017

El 30 de diciembre de 2017 entraba en vigor el nuevo marco normativo, tras más de 3 años bajo una normativa provisional. El nuevo Real Decreto 1036/2017, regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto (RPAS) y nace con el objetivo de ampliar los escenarios operacionales y eliminar gran parte de las barreras existentes hasta ahora.

La Sección 6ª de la ley 18/2014[1] fue la primera legislación española específica para drones y por su carácter provisional, casi podría decirse que “experimental”, dejaba un margen muy pequeño de actuación para operadores y fabricantes. Al no estar previsto que estuviese en vigor tanto tiempo, ha producido consecuencias muy perjudiciales para el sector e imposibles de cuantificar. Como resultado, una parte de esos operadores y constructores han desaparecido y la mayoría se mantiene en una precaria situación.

El estudio más completo del sector español realizado hasta la fecha por ToDrone en 2016[2], muestra un estado muy embrionario donde tan solo un pequeño grupo de empresas ha alcanzado un volumen de negocio que les ha permitido posicionarse e incluso expandirse a nivel internacional.

Como ejemplo baste mencionar solo algunos datos de dicho estudio:

  • 75 % de los operadores llevan en el mercado menos de 3 años y 1 de cada 3 aún no ha cumplido 1 año de vida.
  • El 93% de los operadores está constituido por pequeñas empresas y autónomos. De ellas, el 85,6% tiene entre 1 y 5 empleados.
  • 9 de cada 10 operadores realizan menos de 50 operaciones al año, lo que supondría, en el mejor de los casos, 1 trabajo aéreo a la semana.
  • Un 78% de los entrevistados dicen tener una facturación anual inferior a los 50.000 € y tan solo un 2,4% supera los 5 M€ de facturación. Sin embargo, el 22% de los entrevistados no ha facturado nunca.

La nueva ley no solo amplía exponencialmente las posibilidades del sector, sino que regula de manera indirecta los aeromodelos e introduce cambios muy necesarios en el Reglamento de la Circulación y en la parte española del SERA[3] (Standardised European Rules Of The Air). Por el contrario, los requisitos exigidos se endurecen y aumenta la carga administrativa que deben soportar operadores, fabricantes y proveedores de servicios de navegación aérea.

Así, los cambios más importantes afectan a las aeronaves, escenarios operativos, mantenimiento, modos de vuelo, operaciones, organizaciones de diseño y producción, personal y seguridad.

  • Aeronaves: Aumentan las categorías, escenarios y requisitos en base al peso de los RPAS.
  • Escenarios Operativos: Posibilidad de operar en espacio aéreo controlado, sobre aglomeraciones de edificios, personas y lugares habitados y operaciones nocturnas.
  • Mantenimiento: Se incluye una sección específica para mantenimiento.
  • Modos de Vuelo: A los modos VLOS y BVLOS aparece por fin la modalidad EVLOS.
  • Operaciones: A los trabajos aéreos y vuelos experimentales, se añaden los vuelos recreativos y la posibilidad de obtener autorizaciones puntuales para operaciones específicas no contempladas en la normativa.
  • Organizaciones de Diseño y Producción: Se incluyen artículos específicos para este tipo de organizaciones así como los aspectos que afectan a los certificados de tipo y de aeronavegabilidad.
  • Personal: Requisitos específicos para los observadores.
  • Safety: Se cambia la metodología recomendada de análisis de los estudios de seguridad desarrollada por Scandiavia por el SORA[4] de JARUS[5].
  • Security: Requisitos especiales en materia de seguridad pública e infraestructuras críticas.



Saludos







[1] Inicialmente promulgada como Real Decreto 8/2014.
[2] Primer Barómetro del Sector de los Drones en España v1 (ToDrone).
[3] Real Decreto 552/2014 Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea.
[4] Specific Operations Risk Assessment.
[5] Joint Authorities for Rulemaking of Unmanned Systems.

No hay comentarios:

Publicar un comentario